04 septiembre 2018

Mensaje de Emilio Calatayud (Juez de Menores de Granada)



"No hacen falta más leyes, lo que hace falta es que se complan las que ya existen"

Dos conclusines:

- Se legisla mucho.

- Se conocen poco. En relación a los HIJOS:



Artículo 155 del Código Civil: “Los hijos deben obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre. Los hijos deben contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella”.


Desde 2015, está en vigor la Ley de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia que, entre otras cosas, dice lo siguiente: “Los menores deben participar en la vida familiar, respetando a sus progenitores y hermanos así como a otros familiares. Además tendrán que participar y corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y en la realización de tareas domésticas, de acuerdo a su edad, nivel de autonomía personal y capacidad, y con independencia de su sexo”

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