29 mayo 2018
01 mayo 2018
DIA 1
DE MAYO.
7 derechos no tan conocidos
de los trabajadores:
1.
Derecho a solicitar un anticipo de la nómina
Si el trabajador necesita un anticipo de su
salario, tiene derecho a solicitarlo, según el Estatuto de los Trabajadores.
Este anticipo será a cuenta del trabajo ya realizado, es decir, que si se
solicita el día 15 del mes, el trabajador percibirá la mitad de su salario. En
el convenio colectivo o contrato se puede pactar anticipos sin límites de días
no trabajados. Por lo tanto, solo en el caso de que no se diga nada, el límite
del anticipo será a cuenta del trabajo ya realizado como recoge el Estatuto de
los Trabajadores.
2.
Derecho a disfrutar de un día libre por cambio de vivienda
Muchos trabajadores desconocen que cuentan
con un día libre retribuido en caso de cambio de vivienda y que, además, puede
ser ampliado por el convenio colectivo de aplicación.
3.
Permiso retribuido de 20 horas anuales para formación
Siempre que el trabajador lleve más de un
año en la empresa, dispone de 20 horas al año retribuidas para formación
profesional. Este derecho se puede acumular por un periodo de hasta 5 años. Hay
una restricción, explican desde reclamador.es, pues este permiso retribuido
podrá ser disfrutado siempre y cuando esa formación esté vinculada con el
puesto de trabajo, es decir, el trabajador no puede hacer uso de esas 20 horas
si, por ejemplo, el curso es de repostería y trabaja como oficial de la
construcción.
4.
Las vacaciones y la baja de enfermedad
Las vacaciones, ese momento tan esperado
por el trabajador durante todo el año puede verse "truncado" por una
enfermedad durante esos días. En estos casos, el trabajador suele pensar que ha
perdido sus vacaciones. Esto no es así. El trabajador que cae enfermo durante
sus vacaciones, las puede suspender.
El empleado, para que no le cuenten las
vacaciones que por ley se pueden disfrutar, debe obtener la baja laboral en su
médico de cabecera y notificarlo a la empresa aportando justificante.
5.
Treinta días de vacaciones independientemente del tipo de jornada
Trabajar a media jornada no da derecho a
los empresarios a reducir el número de días de vacaciones con los que cuenta el
empleado. Muchos trabajadores con contrato a media jornada piensan que por
trabajar menos horas que su compañero a jornada completa disponen de menos días
de vacaciones. Pero no
es de esta manera: tanto si se trabaja a
media como a completa jornada, los empleados tienen derecho a 30 días naturales
de vacaciones. Algunos convenios colectivos marcan el número de días de
vacaciones por días laborables, igualmente, no podrían ser inferiores por tener
un contrato a media jornada.
6. La
pausa del café
Si la jornada laboral continuada es
superior a 6 horas diarias, el trabajador tiene derecho a un descanso que no
puede ser inferior a 15 minutos. Si la jornada diaria es inferior a 6 horas
seguidas y el convenio colectivo no recoge nada al respecto, el trabajador no
tendrá derecho a esa pausa. Aquí también hay una excepción: cuando el
trabajador tiene menos de 18 años y la jornada laboral supera las 4,5 horas, el
descanso no podrá ser inferior a 30 minutos.
7.
Derecho a reclamar los intereses por el retraso del pago de la nómina
Si la empresa no paga se puede reclamar, es
algo que los trabajadores suelen conocer. Lo que desconocen, en la gran mayoría
de los casos, es el derecho que tienen a solicitar que le sean abonados los
intereses de mora por esta situación, según explica la compañía de
reclamaciones online. Concretamente, el Estatuto de los Trabajadores recoge el
interés por mora en el pago del salario, que será del 10% anual de lo adeudado.
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