La BASE DE COTIZACIÓN de los asalariados “estará constituida por la
remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, tanto en
metálico como los pagos en especie”.

Conceptos exentos por los que ahora se deberá cotizar el 100% de su importe
- Planes de pensiones y mejoras de las prestaciones
de la Seguridad Social distintas de la Incapacidad Temporal. Desde
ahora, las empresas deberán cotizar por todas las aportaciones que
realicen a los fondos de pensiones privados y otras prestaciones de
mejora a la Seguridad Social.
- Uso de bienes destinados a los servicios sociales y culturales del personal empleado
- Seguro médico. Las primas de responsabilidad civil
deberán de cotizar de forma íntegra, mientas que los seguros médicos
sólo se incluirán desde 500 euros.
- Ayudas escolares: Se incluyen en este apartado,
como beneficios sociales derivados de la negociación colectiva, las
ayudas a la guardería y demás ayudas en educación primaria, secundaria, obligatoria, bachillerato y grado superior.
Pagos en especie que se cotizaba parcialmente y deberán cotizarse en su totalidad
- Transporte: El plus por transporte (dietas de transporte y compensaciones de transporte y distancia) solo se cotizaba por el exceso sobre el 20% del Iprem
- Entrega gratuita o a precio inferior al de mercado de acciones o participaciones de la empresa, es decir, las ‘Stock options’. Antes, éstas ventas o entregas sólo se incluían en la base de cotización cuando superaba los 12.000 euros anuales.
- Vales y ayudas de comida. Estas remuneraciones en
especie estaban exentas hasta los 9 euros diarios. Desde 2014 estas
ayudas pasarán a cotizar desde el primer euro percibido por el
trabajador y se incluyen tanto las entregas de productos a precios
rebajados en comedores de empresa como los cheques-restaurante.
- Los seguros médicos (incluídos cónyuge y
descendientes).- Hasta el 21 de diciembre se cotizaba por el exceso de
500 euros anuales por cada persona incluida.
No obstante, se excluyen de la base de cotización las asignaciones de
la empresa destinadas a formación y estudios de los trabajadores cuando
tales estudios vengan exigidos por las actividades o las
características de los puestos de trabajo.
Esta medida obligará a las empresas a revisar las nóminas
de sus trabajadores, así como a informar, antes del 31 de marzo,
sobre la base real de cotización y cuánto suponen las retribuciones en
especie, ya que éstas no pueden el 30% del total.
FUENTE:
http://www.infoautonomos.com/blog/cambios-en-la-cotizacion-de-los-pagos-en-especie/
OPINIONES:
Gobierno. Santamaría: La subida 'protege al pensionista'.
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